
Campeonato Nacional de Bateo del Oro
Miles de personas se dan cita cada año en Navelgas
Más de 200 participantes en la edición de 2023.
Celebrado desde 1999, el certamen es uno de los eventos más esperados del año en Asturias. Con un espíritu abierto y festivo, no solo atrae a numerosos aficionados y competidores de todo el mundo, sino también a un gran número de visitantes, quienes disfrutan de desfiles, música tradicional, pasacalles, además de la escelente gastronomía local.
Más de 200 participantes por campeonato
Más de 24 nacionalidades diferentes
Más de 20 años organizando el campeonato nacional
Con fecha 2 de Julio de 2013 el Ilmo Sr. Consejero de Economía y Empleo ha dictado la siguiente Resolución:
En cuanto a los efectos de la declaración de «Fiesta Interés Turístico», cabe destacar, según lo dispuesto en el apartado segundo del artículo 7 del Decreto 33/2003, de 30 de abril, de Declaraciones de Interés Turístico, su carácter indefinido, sin perjuicio de que pueda ser revocada en el supuesto de incumplimiento o desaparición de las circunstancias que motivaron su otorgamiento o sobreviniesen otras que, de haber existido en el momento de la declaración, hubiesen motivado la denegación.
Vistos los antecedentes de hecho concurrentes y los fundamentos legales de aplicación, por la presente
RESUELVO
Declarar Fiesta de Interés Turístico del Principado de Asturias al «Campeonato Nacional del Bateo del Oro» en Navelgas (Tineo) y ordenar su inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Dirección General de Comercio y Turismo.
Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación.
No pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre el Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
Oviedo, a 2 de julio de 2013.-El Consejero de Economía y Empleo, Graciano Torre González.-Cód. 2013-13652.